miércoles, 22 de marzo de 2017

Contestación Inspecion de trabajo Asunto : RIESGOS PSICOSOCIALES

Se presenta ante la inspección de trabajo por la falta de medidas o protocolo de actuación para hacer frente a las llamadas agresivas de clientes por parte del personal de Atención al cliente, habiendo recibido la siguiente  contestación,










martes, 7 de marzo de 2017

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PROTECCION POR DESEMPLEO ANTE UN ERE O UN ERTEREQUISITOS PARA SOLICITAR LA PROTECCION POR DESEMPLEO ANTE UN ERE O UN ERTE

Para solicitar la protección por desempleo en el caso de que te veas afectado por un  ERE o un ERTE, deberás cumplir los siguientes requisitos:

                     Estar en situación legal de desempleo.
                    Inscribirte como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
                     Para percibir prestación contributiva, haber trabajado y cotizado al desempleo al  menos 360 días, dentro de los seis años anteriores a la situación de desempleo, y no haber utilizado dicho periodo para un reconocimiento anterior.  Si has cotizado un periodo inferior, podrás percibir el subsidio por desempleo si, además de cumplir el resto de requisitos exigidos, careces de rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias 
                    No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarte, salvo que tu contrato se haya suspendido o se haya reducido tu jornada diaria de trabajo.
                    No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por un programa de fomento de empleo.
                    No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
                    En caso de suspensión del contrato, ésta debe estar acordada en el correspondiente procedimiento,  ser temporal y estar motivada por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción, o de fuerza mayor.

En caso de reducción de jornada de trabajo, ésta debe suponer  la disminución  temporal de entre un 10 y un 70 por ciento de la jornada de trabajo, con análoga reducción del salario, ser acordada en el correspondiente procedimiento y estar motivada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Duración y cuantía de la prestación por desempleo.

La duración de la prestación contributiva por despido colectivo está en función del tiempo que hayas cotizado antes de la situación legal de desempleo. Si es por suspensión del contrato o por reducción de la jornada,  la duración de la prestación, además, vendrá determinada por la vigencia temporal de la medida de que se trate.

El importe diario de la prestación contributiva por desempleo total, salvo que fuera superior o inferior que las cuantías máximas o mínimas establecidas para cada caso será, durante los seis primeros meses de percepción, el 70 % de la base reguladora, calculada según las bases de contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados, exceptuando las horas extraordinarias, y el 50 % a partir de dicho periodo. Si el desempleo fuera parcial percibirás la parte proporcional a las horas en que te encuentras desempleado y el consumo del derecho se producirá por horas, y no por días.

En los supuestos de suspensión o reducción de jornada, la empresa continúa obligada a ingresar el
100 % de la aportación empresarial de cotización a la Seguridad Social, ingresando el Servicio Público de Empleo Estatal, previa deducción al trabajador, la aportación de éste con respecto a los días de suspensión más los que corresponden a descansos, o con respecto a las horas reducidas de trabajo.

Se puede aplicar, en su caso, la retención del IRPF, permitiéndose durante la percepción de la prestación contributiva, a petición del trabajador, la elevación del porcentaje de retención por dicho concepto
En el supuesto de que tengas derecho al subsidio por haber cotizado menos de 360 días, la cuantía mensual será igual al 80 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples vigente en cada momento siempre que hubieras trabajado la jornada completa durante toda la vigencia del último contrato de trabajo por cuenta ajena.
El pago de la prestación se realizará por mensualidades de 30 días o por el periodo inferior que, en su caso, corresponda,  entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al del devengo. Se efectuará, , mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma. 

Documentación necesaria .

Modelo oficial de solicitud de prestación contributiva o de subsidio por desempleo

                    Identificación del solicitante y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud (bastará con la exhibición de los documentos):
                    Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
                    Extranjeros residentes en España:
                    Comunitarios: Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, en el que consta NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
                    No comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) en la que consta el NIE y el pasaporte.
                    Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que seas TITULAR, y donde desees percibir la prestación.
                    Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.
                    Certificado de empresa de los últimos 6 meses trabajados (si no se ha enviado por las empresas al SEPE).

Cuándo, dónde y cómo lo tramito.

Si presentas la solicitud de la protección por desempleo dentro del plazo legalmente establecido, el derecho a la misma nacerá al día siguiente a aquél en que tenga lugar la extinción o suspensión de tu contrato, o la reducción de tu jornada de trabajo, siempre que con anterioridad a esa fecha, la medida correspondiente se haya comunicado por la empresa a la autoridad laboral. 

Si las medidas de suspensión temporal o extinción de la relación laboral o de reducción de la jornada diaria, se adoptan en un procedimiento concursal, el derecho a la prestación por desempleo siempre nacerá a partir de la fecha en que se dicte por el juez el auto que las acuerde, aunque en éste se establezcan efectos retroactivos. 
Podrás presentar la solicitud a través de:
                     La sede electrónica del SEPE
                     En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE).
                    En cualquier oficina de registro público o

                    Por correo administrativo.


Información facilitada por  Jose Luis Munoz Fernandez