Los sindicatos CCOO y UGT y la patronal CEOE y CEPYME han cerrado un preacuerdo
para el IV AENC (Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva), que contempla,
entre otros importantes aspectos, una subida salarial en torno al 2%, más un 1% variable,
depediendo de la productividad y situación de cada empresa, para 2018, 2019 y 2020. Asimismo, recoge el compromiso de establecer en 1.000 euros (por 14 pagas) el salario
mínimo de convenio, en línea con la subida acordada para el Salario Mínimo Interprofesional
(SMI).
Un importante preacuerdo que, como ha subrayado el secretario general de CCOO, Unai
Sordo, “es una buena noticia para la clase trabajadora, ya que supone un punto de inflexión
para recuperar salarios, derechos e igualdad, y afecta sobre todo a la gente que
peor lo está pasando; que está más en precario, que más salario ha perdido, a las mujeres
y a la juventud trabajadora”.
Aumentos significativos
de los salarios
En sentido, el texto acordado supone un
importante avance en materia salarial,
ya que contempla:
• Subidas salariales fijas en torno
al 2%, más un 1% variable.
• Establecer progresivamente el salario
mínimo de convenio en 1.000
euros, por catorce pagas.
• Mecanismos de revisión salarial
para garantizar el poder adquisitivo de
los salarios.
Junto al tema salarial, el IV AENC también
subraya la necesidad de recuperar
la ultraactividad de los convenios,
para que sigan vigentes mientras
se negocia su renovación, frente a la
limitación de un año que estableció la
reforma laboral.
Modificar el artículo 42 del Estatuto
de los Trabajadores,
para
garantizar las condiciones laborales
en las empresas que externalizan/
subcontratan parte de su actividad
productiva, y poder acabar con la precariedad
Desarrollar medidas integrales
para garantizar la igualdad laboral
y salarial entre hombres y
mujeres, equiparando los permisos
de paternidad/maternidad y las reducciones
de jornada; estudiando
el impacto de género en los pluses
y complementos salariales, y desarrollar
un sistema de atención a
la dependencia y a la infancia para
que la actividad profesional de las
mujeres no se vea afectada.
Realizar cambios legales que posibiliten
la jubilación si el trabajador
afectado tiene derecho a la pensión
completa, con el fin de facilitar el
relevo generacional.