sábado, 15 de julio de 2017

¡¡READMISION DE LORETO!! ¡¡YA!!





Estimado/as compañeros/as:

Desde la presente Sección Sindical de CC.OO en SD queremos daros traslado de la triste No Renovación de la compañera Loreto.

 Loreto, sería uno de los muchos nombres de compañeros y compañeras que son despedidos o no renovados casi a diario, en la vorágine de la Compañía de continuar viéndonos como Recursos en vez de seres humanos. Recursos o piezas que si les valen, se quedan hasta que se desgastan o se rompen (enferman) y que cuando pasa, pues se cambian por otras sin ningún miramiento ni pudor.

Loreto, escribió el día 7 de Julio a la Dirección de la Compañía y al Director de RRHH instándolos a la reflexión por su desvinculación de la empresa y de que sean partícipes de su caso y de cómo han actuado con ella. En la misma misiva, Loreto también informó al Secretario la Sección Sindical de CC.OO

Desde nuestro punto de vista, y creemos que es el punto de vista de la mayoría de las personas, el caso de Loreto es sobrecogedor, tras casi 2 años entre nosotros y nosotras trabajando codo a codo aquí, recibe en su puesto de trabajo una llamada del Hospital diciéndola que en la última revisión se la ha encontrado un Cáncer de Mama y que vaya al Hospital con urgencia, entre lágrimas lo comunica a su Responsable, quién tampoco la facilita la inminente salida (¿¿??) y “después de muchas vueltas”, la deja marchar recordándola que traiga la Baja.

Francamente, creemos que sobre esta actuación, tanto la propia empresa como más de una persona con cargo Responsable, deberían hacer un ejercicio reflexivo de ética y humanidad. Pero esto sólo es el principio.

Van pasando los días y Loreto va informando a la Mutua, a su Responsable vía Whatsapp y a sus compañeros y compañeras sobre las intervenciones quirúrgicas y reposos médicos. Hasta que llega el día 30 de Junio donde recibe un Burofax en su casa en donde se la comunica su desvinculación de la Empresa y su no renovación. Loreto durante estos casi 2 años, nunca tuvo una auditoria desfavorable que justificase la no renovación que merecía. Por lo que ella misma entiende, y nosotros y nosotras también, que dicha desvinculación “ha sido causado por la previsión de una enfermedad larga” y los costes económicos que aparentemente, la Dirección no está dispuesta a asumir, confirmando que para “ellos”, “los demás” somos Recursos inanimados y costosos, que obstaculizamos sus ambiciones desmesuradas de beneficios.

A esta Sección Sindical de CC.OO la deja atónita que se monten grandes campañas publicitarias de Ayuda Contra el Cáncer, que aplaudimos y reconocemos, pero que luego en la práctica real, cuando un/a trabajador/a enferma, parece ser, desaparecen la solidaridad, el apoyo y la ayuda.

Por todo esto hemos solicitado formalmente a la Dirección que reflexione y que Loreto sea readmitida inmediatamente. También deciros que Loreto, está completamente recuperada, es feliz y si la empresa sigue en sus trece de no readmitirla, va a pedir la nulidad de su despido.

 ¡¡ LORETO, TE QUEREMOS CON NOSOTROS Y NOSOTRAS !!

¡¡READMISION DE LORETO!! ¡!YA!!







jueves, 6 de julio de 2017

¿ LA EMPRESA PUEDE CAMBIAR LOS CUADRANTES SIN PREVIO AVISO ?


El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores


Artículo 41. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.
1. La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se considerarán tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.
Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
a) Jornada de trabajo.
b) Horario y distribución del tiempo de trabajo.
c) Régimen de trabajo a turnos.
d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.
e) Sistema de trabajo y rendimiento.
f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39.


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¿Qué hace el trabajador ante una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo?

Un trabajador, ante una modificación sustancial, sea individual o colectiva puede:
  • Aceptar la modificación y seguir trabajando con las nuevas condiciones

  • No aceptar el cambio y decidir finalizar la relación laboral, con derecho a recibir una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades. En este caso además se tiene derecho a acceder a las ayudas por desempleo, al quedar en la llamada situación legal de desempleo
  • Esta opción no se puede elegir si la modificación sustancial solo afecta al sistema de trabajo y rendimiento.

  • No aceptar el cambio, no decidir finalizar la relación laboral, e impugnar la modificación sustancial impuesta por la empresa mediante la presentación directamente de una demanda ante el Juzgado de lo Social , sin ser necesario presentar antes una papeleta de conciliación. El plazo de presentación es de 20 días desde que se comunica la modificación (no desde que tiene efectos la modificación). El Juez decidirá si la modificación está justificada o no, y si el trabajador debe o no volver a sus condiciones anteriores. Pero mientras el trabajador tiene que cumplir con las condiciones impuestas con la modificación hasta que se resuelva por el Juez.

El poder de dirección de la empresa
Obviamente el empresario puede dirigir  su empresa como mejor crea, y por lo tanto dar órdenes necesarias a sus trabajadores, y en su caso, introducir cambios en la forma de trabajar. Pero este poder no es absoluto, y tiene que respetar siempre la dignidad del trabajador y las condiciones establecidas en el contrato de trabajo , en el Convenio Colectivo , en las Leyes, incluso en los derechos que la empresa ha reconocido unilateralmente a los trabajadores.

sábado, 1 de julio de 2017

EN LUCHA POR TUS DERECHOS

El sector de la seguridad privada planta cara en toda España ante el bloqueo de su convenio colectivo

Millares de trabajadores del sector de la seguridad privada, con CCOO de Construcción y Servicios en vanguardia, han salido a las calles en el día de hoy para denunciar la situación de bloqueo de su convenio colectivo
Protesta por el intento de la patronal de recortar los derechos de los trabajadores, bloqueando la mesa de negociación y evitando concretar medidas necesarias para mejorar su convenio colectivo.
"Pretenden rebajar todas las mejoras que tiene el convenio respecto al estatuto de los trabajadores", ha declarado a la Prensa Daniel Barragán, secretario de Acción Sindical de CCOO de Construcción y Servicios.

Los sindicatos reclaman una subida salarial del 3% para 2017 y otro 3% por cada año de vigencia del convenio y la patronal ofrece congelación salarial en 2017 y una subida salarial para 2018 y 2019 del 2% y el 1% respectivamente a cambio de congelar o eliminar la antigüedad y las mejoras en los casos de incapacidad.